Bienvenidos a mi portal de internet

Aqui podras encontrar temas referentes a los aspectos legales de la empresa. Lo cual ha sido y será siempre de mucha importancia para los profesionales de las ciencias economicas y sociales, en especial para los administradores. Espero poder brindarles nuevos conocimientos y reforzar los existentes, con el objeto de que cada dia seamos mejores profesionales en nuestro desempeño.

lunes, 23 de abril de 2007

Contrato de Trabajo

En estos momentos nuestro país atraviesa una fuerte crisis, económica, política y social, donde el índice de desempleo cada vez es más grande y la necesidad de trabajar cada día es mayor para todos. De allí lo importante e imprescindible para todos los venezolanos conocer acerca de lo que respecta al Contrato de Trabajo. Es por esto que en mi resumen coloco primeramente lo que significa la palabra Contrato para así poder ir desglosando cada uno de los puntos que consideré importante resaltar.

Contrato: Figura que define el acuerdo de voluntades destinado a producir efectos jurídicos.

Contrato de Trabajo: Acuerdo de voluntades en virtud del cual el trabajador se compromete a prestar sus servicios por cuenta ajena, bajo la dirección y dentro de la entidad que corresponde a la persona física o jurídica que le contrata, a cambio de una remuneración. En la actualidad y sobre la base de la constatada disparidad de fuerzas entre empresario y trabajador, las normas reguladoras del referido contrato tienden a ser normas imperativas en su mayoría y, como tales, sustraídas a la autonomía de la voluntad de las partes contratantes, de las que resultan condiciones laborales más dignas en el ámbito de lo posible.

Cabe presumir que existe un contrato de trabajo entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro, y el que lo recibe a cambio de la retribución que satisface; por ello, en tales casos y aunque no medie una expresa declaración contractual verbal o escrita, se está en presencia de un comportamiento concluyente, en el orden jurídico relevante. Por la duración, los contratos pueden ser de duración indefinida y de duración determinada; procede hablar aquí de trabajos eventuales, en prácticas y para la formación, al margen de la posibilidad de contratos a tiempo parcial o contratos periódicos de carácter discontinuo.

Elementos Constitutivos de un Contrato de Trabajo:

El artículo 39 de la Ley Orgánica del Trabajo establece: Se entiende por trabajador la persona natural que realiza una labor de cualquier clase, por cuenta ajena y bajo la dependencia de otra. La prestación de sus servicios debe ser remunerada. Lo cual nos da a entender en interpretación que los elementos constitutivos de la relación de trabajo son tres (3):

- Prestación Personal de Servicio:Esta constituida por el trabajo realizado por el trabajador para el patrono.

- Remuneración o Salario: Es el salario recibido por sus servicios prestados.

- Subordinación: Esto es el tiempo durante el cual el trabajador ejecuta su labor, el cual debe estar claramente determinado.

La doctrina dice que los elementos constitutivos de la relación de trabajo son consentimiento, objeto y causa. El objeto y la causa del trabajo incluyen la prestación personal de servicio, subordinación y salario o remuneración. Pero falta el consentimiento de las partes que a veces se ve afectado por la capacidad como el ejemplo lo que establece la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente.

Cabe acotar que normalmente muchas empresas, en especial las empresas básicas, por ejemplo las que se encuentran localizadas en la zona de Guayana trabajan en base a los contratos colectivos, por eso es de suma importancia tener conocimientos de todos estos conceptos, en especial los profesionales de las ciencias administrativas.

No hay comentarios: